RECOMENDACIÓN 00960-001
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Disponemos de los formularios 3520 y 3520-A, junto con las instrucciones correspondientes, en varios idiomas.
Justificación: Muchos contribuyentes tienen el inglés como segundo idioma. Ofrecer el formulario en un idioma que les resulte más familiar aumentará el cumplimiento.
Acción del IRS: No adoptada
Estoy de acuerdo, pero no puedo aceptarlo ni implementarlo en este momento.
RECOMENDACIÓN 00960-002
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Los consejos, precauciones y notas deben estar en un color diferente.
Justificación: Cambiar el color de los consejos, precauciones y notas hará que destaquen del resto de las instrucciones.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-003
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Formulario 3520 Recomendación general
Cree un esquema de presentación electrónica modernizado para que el formulario sea apto para la presentación electrónica, se agregue a los formularios rellenables de presentación gratuita y se complete automáticamente a partir de secciones anteriores.
Justificación: Recomendamos encarecidamente que el IRS desarrolle un sistema de presentación electrónica modernizado para que el Formulario 3520 (y el Formulario 3520-A) puedan presentarse electrónicamente.
Permitir la presentación electrónica de declaraciones reducirá el costo y la carga de trabajo del IRS, ya que se aliviaría la labor de recibir las declaraciones en papel enviadas por correo, abrirlas e ingresarlas en el sistema informático, entre otros costos.
Permitir la presentación electrónica también reducirá significativamente la carga para los contribuyentes, quienes actualmente deben imprimir, recopilar y enviar por correo el formulario junto con los anexos requeridos, lo que puede ser un desafío particular para algunos declarantes que viven en el extranjero o en zonas remotas, ya que el correo internacional puede ser costoso y los servicios postales fuera de los Estados Unidos pueden ser poco confiables.
Con la financiación adicional del IRS, se acelera el plazo para que los formularios 3520 y 3520-A cuenten con un esquema de presentación electrónica modernizado que permita su envío digital, escaneo y extracción de datos. Esta recomendación reduce la cantidad de papel que recibe el Servicio y la cantidad de correo que debe abrirse y procesarse. Además, disminuye el costo de cumplimiento para el contribuyente.
Además, la transición a la presentación electrónica de declaraciones solucionaría el problema de las declaraciones extraviadas en el correo internacional, proporcionando un medio más fiable y seguro para presentar los formularios tributarios. Al adoptar una plataforma digital, los contribuyentes tendrían mayor confianza en que sus declaraciones llegan al IRS sin riesgo de que se pierdan o se retrasen durante el envío.
Acción del IRS: No adoptada
Estoy de acuerdo, pero no puedo aceptarlo ni implementarlo en este momento.
RECOMENDACIÓN 00960-004
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Recomendación general
Texto actual: Declaración anual para informar sobre transacciones con fideicomisos extranjeros y la recepción de ciertos obsequios extranjeros.
Divida la Declaración Anual para Informar sobre Transacciones con Fideicomisos Extranjeros y la Recepción de Ciertas Donaciones Extranjeras en dos formularios separados. (Un formulario para donaciones extranjeras y otro para fideicomisos).
Justificación: La recepción de ciertos obsequios extranjeros no está relacionada con los fideicomisos extranjeros. Si se mantiene como un solo formulario, el IRS podría recibir cinco páginas sin información, cuando el contribuyente solo necesitaba completar la página 6. Esto reducirá la cantidad de documentos que recibirá el IRS.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-005
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Formulario 3520-A
Recomendación general
Modificar la fecha límite del Formulario 3520-A al 15/4 y extender la fecha límite al 30/9.
Justificación: El formulario 3520-A vence el 15/3. Recomendamos cambiar la fecha de vencimiento al 15/4 y la prórroga al 30/9, fechas que coinciden con las de presentación de la declaración de impuestos de fideicomisos nacionales. Este cambio reduciría el número de personas que presentan su declaración fuera de plazo.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-006
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Formulario 3520-A
Recomendación general
Agregue la fecha de vencimiento al bloque de firma del formulario.
Justificación: Esto reduciría la cantidad de personas que presentan sus declaraciones fuera de plazo.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-007
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1, Col. 1
En la sección de recordatorios, agregue lo siguiente:
El formulario 3520 debe presentarse el día 15 del cuarto mes siguiente al final del año fiscal del contribuyente. Algunos contribuyentes que viven y trabajan fuera de los Estados Unidos tienen hasta el día 15 del sexto mes para presentarlo.
Consulte información más detallada en la página 2, en el apartado "Cuándo y dónde presentar la solicitud".
El formulario 3520-A debe presentarse a más tardar el día 15 del tercer mes posterior al cierre del ejercicio fiscal del fideicomiso. Sin embargo, si presenta un formulario 3520-A sustituto junto con el formulario 3520, dicho formulario sustituto deberá presentarse el mismo día que el formulario 3520.
Recuerde marcar la casilla 1k e incluir el número de formulario de la declaración de impuestos que se va a presentar si se ha solicitado una prórroga para presentarla.
Marque la casilla "Sustituto del Formulario 3520-A" si usted es propietario estadounidense de un fideicomiso extranjero que presenta un Formulario 3520-A sustituto porque el fideicomiso extranjero no presentó el Formulario 3520-A.
El formulario 3520 no se puede presentar electrónicamente. Asegúrese de enviar por correo el formulario y el formulario 3520-A, si corresponde, a la dirección que figura en "Cuándo y dónde presentar".
Justificación: El IRS ha identificado estas adiciones como áreas en las que los contribuyentes no cumplen con los requisitos para completar el Formulario 3520.
Agregar un recordatorio llama la atención sobre el hecho de que los propietarios que se encuentran en la posición de presentar Formularios 3520-A sustitutos pueden usar la fecha de vencimiento de su Formulario 3520 (en lugar de la fecha de vencimiento regular para el Formulario 3520-A, que normalmente es un mes antes) ofrece claridad y elimina parte de la confusión sobre las fechas de vencimiento para el Formulario 3520-A.
Recuerda a los contribuyentes que deben presentar el formulario en papel, ya que no se puede presentar electrónicamente aunque su declaración de impuestos individual se haya presentado de forma electrónica.
Acción del IRS: Parcialmente adoptado
Adoptar o estar de acuerdo parcialmente
RECOMENDACIÓN 00960-008
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1, Col. 1
Complete la información de identificación en la página 1 del formulario y las secciones correspondientes de la Parte I. Consulte las instrucciones para la Parte 1.
Reformatear para aplicar sangría y centrar el texto.
Justificación: La sangría y el centrado del texto ayudarían a dejar claro al contribuyente qué parte del Formulario 3520 debe completarse en las circunstancias indicadas en el párrafo anterior.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-009
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1, Col. 1
Complete la información de identificación en la página 1 del formulario y en la Parte II. Consulte las instrucciones para la Parte II.
Reformatear para aplicar sangría y centrar el texto.
Justificación: La sangría y el centrado del texto ayudarían a dejar claro al contribuyente qué parte del Formulario 3520 debe completarse en las circunstancias indicadas en el párrafo anterior.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-010
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1, Col. 2
Complete la información de identificación en la página 1 del formulario y en la Parte III. En el caso de una persona estadounidense que sea una sucesión, marque la casilla "Albacea" en la línea B de la página 1. Consulte las instrucciones de la Parte III.
Reformatear para aplicar sangría y centrar el texto.
Justificación: La sangría y el centrado del texto ayudarían a dejar claro al contribuyente qué parte del Formulario 3520 debe completarse en las circunstancias indicadas en el párrafo anterior.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-011
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1, Col. 2
Complete la información de identificación en la página 1 del formulario y en la Parte IV. Consulte las instrucciones para la Parte IV.
Reformatear para aplicar sangría y centrar el texto.
Justificación: La sangría y el centrado del texto ayudarían a dejar claro al contribuyente qué parte del Formulario 3520 debe completarse en las circunstancias indicadas en el párrafo anterior.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-012
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 7, Col. 1, Párrafo 1
Utiliza números de seguridad social...
Utiliza números de Seguro Social…
Justificación: La Seguridad Social es un programa (y organismo) gubernamental establecido y debe escribirse con mayúscula inicial.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-013
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1, Col. 2 4b.
Más del umbral establecido en la sección 6039F proveniente de corporaciones o sociedades extranjeras (incluidas las personas extranjeras relacionadas con dichas corporaciones o sociedades) que usted haya considerado como donaciones. El umbral establecido en el Procedimiento de Ingresos 2020-45 está disponible en IRS.gov/newsroom/irs-provides-tax-inflation-adjustments-for-tax-year-2021.
Más de 16,815 dólares procedentes de corporaciones extranjeras o sociedades extranjeras (incluidas personas extranjeras relacionadas con dichas corporaciones o sociedades extranjeras) que usted trató como regalos.
Justificación: La información está más fácilmente disponible para el contribuyente. El formulario se actualiza anualmente y la información está disponible en octubre de cada año. Sin embargo, cabe señalar que algunos contribuyentes podrían no tener acceso a internet.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-014
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1, Col. 2 Excepciones a la presentación
• Transferencias a fideicomisos extranjeros descritos en la sección 402(b), 404(a)(4) o 404A.
Actualización a:
• Transferencias a planes de compensación diferida no calificados financiados descritos en la sección 402(b),
• Fideicomisos de bonificación de acciones, pensiones o participación en las ganancias que calificarían para la exención bajo la sección 501(a) excepto por el hecho de que es un fideicomiso creado u organizado fuera de los EE. UU. descrito en la sección 404(a)(4)
• «Plan extranjero calificado» significa cualquier plan escrito de un empleador para diferir la recepción de una compensación, pero solo si:
(1)
dicho plan es para el beneficio exclusivo de los empleados del empleador o sus beneficiarios,
(2)
El 90 por ciento o más de los importes considerados para el año fiscal según el plan son atribuibles a servicios.
(A) realizadas por extranjeros no residentes, y
(B) cuya compensación no está sujeta a impuestos conforme a este capítulo, y
(3)
el empleador elige (en el momento y de la manera que el Secretario determine mediante reglamento) que esta sección se aplique a dicho plan.
Consulte el diagrama de flujo A para determinar si se debe informar sobre el fideicomiso extranjero.
Justificación: La información está más fácilmente disponible para el contribuyente.
Las normas relativas a los fideicomisos extranjeros son complejas, y añadir un diagrama de flujo puede facilitar al contribuyente la determinación de si el fideicomiso extranjero debe declararse en el formulario 3520.
Acción del IRS: Parcialmente adoptado
Adoptar o estar de acuerdo parcialmente
RECOMENDACIÓN 00960-015
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 2, columna 1
En general, el formulario 3520 de una persona estadounidense debe presentarse el día 15 del cuarto mes siguiente al final de su año fiscal a efectos del impuesto sobre la renta, que, para las personas físicas, es el 15 de abril.
Actualización a:
En general, el Formulario 3520 debe presentarse el mismo día que la declaración de impuestos sobre la renta. Para las personas físicas, esta fecha es el 15 de abril. Las entidades comerciales, las sucesiones y algunos fideicomisos pueden tener años fiscales diferentes, y la fecha límite para estos contribuyentes será el día 15 del cuarto mes siguiente al final de su año fiscal.
Justificación: Esto mejora la claridad al informar a las personas cuándo vence el plazo para presentar el formulario, pero también al ofrecer información sobre la fecha límite a quienes no presentan el formulario 1040.
Acción del IRS: Parcialmente adoptado
Adoptar o estar de acuerdo parcialmente
RECOMENDACIÓN 00960-016
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 2, Col. 1 Excepciones a la presentación
Transferencias, propiedad y distribuciones de ciertas personas elegibles provenientes de ciertos fideicomisos de jubilación extranjeros con ventajas fiscales y ciertos fideicomisos de ahorro extranjeros no destinados a la jubilación con ventajas fiscales, según se describe en la sección 5 del Rev. Proc. 2020-17. Para obtener más información sobre si usted es una persona elegible y si su fideicomiso extranjero califica para una exención de la declaración de información sobre fideicomisos extranjeros, consulte el Rev. Proc. 2020-17, 2020-12 IRB 539, disponible en IRS.gov/IRB/2020-12_IRB#REV-PROC-2020-17.
Actualización a:
Transferencias, propiedad y distribuciones de ciertos fideicomisos de jubilación extranjeros con ventajas fiscales por parte de personas elegibles que cumplan con los siguientes requisitos establecidos por las leyes de la jurisdicción del fideicomiso.
• (1) El fideicomiso generalmente está exento del impuesto sobre la renta o tiene otro tipo de favoritismo fiscal según las leyes de la jurisdicción del fideicomiso. Para los fines de este procedimiento de ingresos, un fideicomiso tiene un favoritismo fiscal si cumple una o más de las siguientes condiciones: (i) las contribuciones al fideicomiso que de otro modo estarían sujetas a impuestos son deducibles o excluidas de la renta, se gravan a una tasa reducida, dan lugar a un crédito fiscal o son elegibles para otro beneficio fiscal (como un subsidio o contribución gubernamental); y (ii) la tributación de los ingresos de inversión obtenidos por el fideicomiso se difiere hasta la distribución o los ingresos de inversión se gravan a una tasa reducida.
• (2) Se proporciona, o está disponible de otro modo, la información anual relativa al fideicomiso (o a sus participantes o beneficiarios) a las autoridades fiscales pertinentes en la jurisdicción del fideicomiso.
• (3) Solo se permiten contribuciones con respecto a los ingresos obtenidos por la prestación de servicios personales.
• (4) Las contribuciones al fideicomiso están limitadas por un porcentaje de los ingresos del participante, están sujetas a un límite anual de $50,000 o menos para el fideicomiso o están sujetas a un límite vitalicio de $1,000,000 o menos para el fideicomiso. Estos límites de contribución se determinan utilizando el tipo de cambio de divisas de la Oficina del Servicio Fiscal del Tesoro de los Estados Unidos el último día del año fiscal (disponible en https://www.fiscal.treasury.gov/reports-statements/treasury-reporting-rates-exchange).
• (5) Los retiros, distribuciones o pagos del fideicomiso están condicionados a alcanzar una edad de jubilación específica, discapacidad o fallecimiento, o se aplican sanciones a los retiros, distribuciones o pagos realizados antes de que se cumplan dichas condiciones. Un fideicomiso que cumpla con los requisitos de la sección 5.03(5) del Rev Proc 2020-17, pero que permita retiros, distribuciones o pagos para préstamos en servicio o por razones tales como dificultades económicas, fines educativos o la compra de una residencia principal, se considerará que cumple con los requisitos de la sección 5.03(5) del Rev Proc 2020-17.
• (6) En el caso de un fideicomiso mantenido por el empleador, (i) el fideicomiso no es discriminatorio en la medida en que una amplia gama de empleados, incluidos los empleados de base, deben ser elegibles para hacer o recibir contribuciones o acumular beneficios bajo los términos del fideicomiso (solo o en combinación con otros planes comparables), (ii) el fideicomiso (solo o en combinación con otros planes comparables) realmente proporciona beneficios significativos para una mayoría sustancial de empleados elegibles, y (iii) los beneficios realmente proporcionados bajo el fideicomiso a los empleados elegibles no son discriminatorios.
Véase el diagrama de flujo B.
Además, las transferencias, la propiedad y las distribuciones de ciertas personas elegibles de fideicomisos de ahorro extranjeros no destinados a la jubilación con ventajas fiscales, si el fideicomiso extranjero se crea, organiza o establece de otro modo bajo las leyes de una jurisdicción extranjera como un plan fiduciario, fondo, esquema u otro arreglo (colectivamente, un fideicomiso) para operar exclusiva o casi exclusivamente para proporcionar, o para obtener ingresos para la provisión de, beneficios médicos, por discapacidad o educativos, y que cumpla con los siguientes requisitos establecidos por las leyes de la jurisdicción del fideicomiso.
• (1) El fideicomiso generalmente está exento del impuesto sobre la renta o es de otro modo favorecido fiscalmente según las leyes de la jurisdicción del fideicomiso según se define en la sección 5.03(1) de este procedimiento de ingresos.
• (2) Se proporciona, o está disponible de otro modo, la información anual relativa al fideicomiso (o al beneficiario o participante) a las autoridades fiscales pertinentes en la jurisdicción del fideicomiso.
• (3) Las contribuciones al fideicomiso están limitadas a $10,000 o menos anualmente o $200,000 o menos de por vida, determinado utilizando el tipo de cambio de moneda extranjera de la Oficina del Servicio Fiscal del Tesoro de los Estados Unidos el último día del año fiscal (disponible en https://www.fiscal.treasury.gov/reports-statements/treasury-reporting-rates-exchange).
• (4) Los retiros, distribuciones o pagos del fideicomiso están condicionados a la provisión de beneficios médicos, por discapacidad o educativos, o se aplican sanciones a los retiros, distribuciones o pagos realizados antes de que se cumplan dichas condiciones.
Consulte el diagrama de flujo C.
Para obtener más información sobre si usted es una persona elegible y las sanciones, consulte el Rev. Proc. 2020-17, 2020-12 IRB 539, disponible en IRS.gov/IRB/2020-12_IRB#REV-PROC-2020-17.
Justificación: La información está más fácilmente disponible para el contribuyente.
Los requisitos de declaración de fideicomisos extranjeros son complejos, y la inclusión de diagramas de flujo puede facilitar al contribuyente la determinación de si se cumplen las excepciones a la obligación de presentar la declaración.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-017
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1 Col. 1
Recordatorio: Cuando las contribuciones agregadas del empleador al plan patrocinado por el empleador superan las contribuciones agregadas del empleado, el plan se rige por la sección 402(b) y no es necesario divulgarlo en los Formularios 3520 y 3520-A del IRS.
Justificación: La inclusión de este consejo/recordatorio proporciona una guía muy necesaria a los contribuyentes con planes de pensiones de empleadores extranjeros para determinar si el plan patrocinado por el empleador debe declararse en los formularios 3520 y 3520-A.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-018
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 2, Columna 2: Cuándo y dónde presentarlo
Si no se presenta el Formulario 3520 completo antes de la fecha límite, incluyendo las prórrogas, el plazo para la determinación de cualquier impuesto aplicable a cualquier evento o período al que se refiera la información requerida en las Partes I a III de dicho Formulario 3520 no vencerá antes de que transcurran 3 años desde la fecha en que se presente la información requerida. Véase la sección 6501(c)(8).
Actualización a:
¡ATENCIÓN! Si no se presenta el Formulario 3520 completo antes de la fecha límite, incluyendo las prórrogas, el plazo para la determinación de cualquier impuesto correspondiente a cualquier evento o período al que se refiera la información requerida en las Partes I a III de dicho Formulario 3520 no vencerá antes de que transcurran 3 años desde la fecha en que se presente la información requerida. Véase la sección 6501(c)(8). La presentación del Formulario 3520 junto con la declaración de impuestos dará inicio al plazo para la determinación.
Justificación: Añadir la advertencia/recordatorio llama la atención sobre el hecho de que el plazo de prescripción no comenzará a correr hasta que se presente la documentación correspondiente.
Es importante informar a los contribuyentes sobre cuándo comienza el período de evaluación.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptado o de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-019
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 1, Columna 1
Recordatorio: Si no se presenta el Formulario 3520 completo antes de la fecha límite, incluyendo las prórrogas, el plazo para la determinación de cualquier impuesto correspondiente a cualquier evento o período al que se refiera la información requerida en las Partes I a III de dicho Formulario 3520 no vencerá antes de que transcurran 3 años desde la fecha en que se presentó la información requerida. Véase la sección 6501(c)(8). La presentación del Formulario 3520 junto con la declaración de impuestos dará inicio al plazo para la determinación.
Justificación: Añadir este recordatorio llama la atención sobre el hecho de que el plazo de prescripción no comenzará a correr hasta que se presente la documentación correspondiente.
Es importante informar a los contribuyentes sobre cuándo comienza el período de evaluación.
Acción del IRS: Parcialmente adoptado
Adoptar o estar de acuerdo parcialmente
RECOMENDACIÓN 00960-020
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 2, Col. 2 Cuándo y dónde presentarlo
Envíe el formulario 3520 a la siguiente dirección: Internal Revenue Service Center, PO Box 409101, Ogden, UT 84409.
Considere eliminarlo ya que el formulario está adjunto a la declaración de impuestos.
Justificación: Es posible que los contribuyentes no presenten el formulario por separado sin darse cuenta. Muchas declaraciones se presentan electrónicamente, lo que permite que el Servicio las revise. Esta recomendación reduce la cantidad de papel que recibe el Servicio y disminuye el volumen de correo que debe abrirse y procesarse.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-021
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 2, Col. 2 Cuándo y dónde presentarlo
Si no se presenta el Formulario 3520 completo antes de la fecha límite, incluyendo las prórrogas, el plazo para la determinación de cualquier impuesto aplicable a cualquier evento o período al que se refiera la información requerida en las Partes I a III de dicho Formulario 3520 no vencerá antes de que transcurran 3 años desde la fecha en que se presente la información requerida. Véase la sección 6501(c)(8).
Actualización a:
Si no se presenta el Formulario 3520 completo antes de la fecha límite, incluyendo las prórrogas, el plazo para la determinación de cualquier impuesto correspondiente a cualquier evento o período al que se refiera la información requerida en las Partes I a III de dicho Formulario 3520 no vencerá antes de que transcurran 3 años desde la fecha en que se presentó la información requerida. Véase la sección 6501(c)(8). La presentación del Formulario 3520 junto con la declaración de impuestos dará inicio al plazo para la determinación.
Justificación: Si se mantiene la opción de enviar el formulario por correo por separado, es importante informar a los contribuyentes sobre cuándo comienza el período de evaluación.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-022
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 2, Col. 2 ¿Quién debe firmar?
Si la declaración es presentada por: • Una persona física o un fiduciario, debe estar firmada y fechada por esa persona física o fiduciaria; •
Actualización a:
Si la declaración es presentada en papel por: • Una persona física o un fiduciario, debe estar firmada y fechada por esa persona física o fiduciaria; •
Justificación: Si se acepta la recomendación de presentar el Formulario 3520 electrónicamente y se elimina la presentación por separado del formulario, esta sección puede suprimirse.
Acción del IRS: No adoptada
Estoy de acuerdo, pero no puedo aceptarlo ni implementarlo en este momento.
RECOMENDACIÓN 00960-023
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 2, Col. 2 ¿Quién debe firmar?
Agregar la extensión de
CONSEJO: Se permiten las firmas electrónicas.
Justificación: Esta recomendación destacará para los contribuyentes que el formulario puede firmarse electrónicamente. Además, recomendamos que el formulario sea compatible con firmas electrónicas de forma permanente.
Acción del IRS: Parcialmente adoptado
Adoptar o estar de acuerdo parcialmente
RECOMENDACIÓN 00960-024
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 3, Columna 1
• 5% del valor bruto de la porción de los activos del fideicomiso extranjero considerados propiedad de una persona estadounidense según las reglas del fideicomiso otorgante (secciones 671 a 679), si el fideicomiso extranjero (a) no presenta a tiempo el Formulario 3520-A y no proporciona los estados de cuenta anuales requeridos a sus propietarios y beneficiarios estadounidenses, o (b) no proporciona toda la información requerida por la sección 6048(b) o incluye información incorrecta. Si un fideicomiso extranjero no presenta el Formulario 3520-A, el propietario estadounidense debe completar y adjuntar un Formulario 3520-A sustituto al Formulario 3520 del propietario estadounidense antes de la fecha de vencimiento del Formulario 3520 del propietario estadounidense (y no la fecha de vencimiento del Formulario 3520-A, que de otro modo vence el día 15 del tercer mes después del final del año fiscal del fideicomiso) para evitar estar sujeto a la sanción por el incumplimiento del fideicomiso extranjero de presentar a tiempo el Formulario 3520-A. Por ejemplo, un formulario sustituto 3520-A que, en la medida de lo posible, el propietario estadounidense complete y adjunte al formulario 3520 del propietario estadounidense antes de la fecha límite para la presentación de dicho formulario (como el 15 de abril para los propietarios estadounidenses que sean personas físicas), se considerará presentado a tiempo. Consulte las secciones 6677(a) a (c) y las instrucciones de la Parte II de este formulario y del formulario 3520-A.
Actualización a:
• 5% del valor bruto de la porción de los activos del fideicomiso extranjero que se considera propiedad de una persona estadounidense según las reglas del fideicomiso del otorgante (secciones 671 a 679), si el fideicomiso extranjero (a) no presenta a tiempo el Formulario 3520-A y no proporciona los estados de cuenta anuales requeridos a sus propietarios y beneficiarios estadounidenses, o (b) no proporciona toda la información requerida por la sección 6048(b) o incluye información incorrecta.
[Nuevo párrafo] Si un fideicomiso extranjero no presenta el Formulario 3520-A, el propietario estadounidense debe completar y adjuntar un Formulario 3520-A sustituto al Formulario 3520 del propietario estadounidense antes de la fecha límite de presentación del Formulario 3520 del propietario estadounidense para evitar estar sujeto a la sanción por la falta de presentación oportuna del Formulario 3520-A por parte del fideicomiso extranjero.
[Nuevo párrafo] Por ejemplo, un formulario sustituto 3520-A que, en la medida de lo posible, el propietario estadounidense complete y adjunte al formulario 3520 del propietario estadounidense antes de la fecha límite para la presentación de dicho formulario, incluidas las prórrogas, se considera presentado a tiempo. Consulte las secciones 6677(a) a (c) y las instrucciones de la Parte II de este formulario y del formulario 3520-A.
Justificación: Dividir un párrafo largo y denso en una serie de párrafos más cortos mejora la legibilidad.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-025
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 4, Col. 1
Consejo: Con respecto a los planes de pensiones o similares que no sean de EE. UU., para determinar la clasificación fiscal estadounidense adecuada del plan, debe identificar quién realizó las contribuciones. En general, si todas las contribuciones al plan se consideran contribuciones de empleado realizadas por usted, entonces el plan se clasificaría como un fideicomiso constituido por el otorgante. Sin embargo, si las contribuciones de su empleador al plan son iguales o superiores a sus contribuciones, es posible que el plan no se considere un fideicomiso constituido por el otorgante. Consulte la Sección 1.402(b)-1(b)(6) del Código de Rentas Internas (IRC).
Consulte la Sección 1.402(b)-1(b)(6) del IRC. En general, un beneficiario de un plan de pensiones extranjero no puede ser considerado propietario, conforme a la subparte E, parte I, subcapítulo J, capítulo I del Código, de ninguna porción de dicho fideicomiso que sea atribuible a las contribuciones realizadas por el empleador después del 1 de agosto de 1969, o a las contribuciones incidentales realizadas por el empleado después de esa fecha. Sin embargo, cuando las contribuciones realizadas por el empleado no sean incidentales en comparación con las contribuciones realizadas por el empleador, dicho beneficiario será considerado propietario de la porción del fideicomiso atribuible a las contribuciones realizadas por el empleado, si se cumplen los requisitos aplicables de dicha subparte E.
Justificación: Esta recomendación servirá de guía a los contribuyentes con planes de jubilación en el extranjero. Las normas son muy complejas y es posible que los contribuyentes desconozcan su obligación de presentar la declaración.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-026
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 7, Columna 1, Línea 2b
Ingrese el EIN del fideicomiso extranjero.
Actualización a:
Ingrese el EIN del fideicomiso extranjero, si lo tiene. Un fideicomiso extranjero constituido por un otorgante debe tener un EIN.
Justificación: Se recomienda que las instrucciones sean consistentes con el Formulario 3520 en 2b y las instrucciones del Formulario 3520 para la Parte II primer párrafo Página 8 Col 2.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-027
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 7, Columna 2, Línea 5a
Nombre del creador del fideicomiso
Actualización a:
Línea 5a Si usted es el creador del fideicomiso, escriba “Igual que la línea 1a”.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptado
RECOMENDACIÓN 00960-028
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 7, Columna 2 a Página 8, Columna 1
Línea 12. Si respondió “Sí” a la pregunta de la línea 11b con respecto a cualquier obligación, generalmente debe responder “Sí” a la pregunta de la línea 12. Al hacerlo, acepta extender el período de evaluación de cualquier impuesto sobre la renta o sobre la transferencia atribuible a la transferencia y cualquier cambio consecuente en el impuesto sobre la renta por cada año que la obligación esté pendiente hasta una fecha tres años después de la fecha de vencimiento de la obligación. Tiene derecho a negarse a extender el período de evaluación. La Publicación 1035, Extensión del período de evaluación de impuestos, proporciona una explicación más detallada de sus derechos y las consecuencias de las decisiones que pueda tomar. Una vez firmado y presentado, este formulario se considerará acordado y firmado por el IRS para los fines de la sección 301.6501(c)-1(d) del Reglamento.
Actualización a:
Línea 12. Si respondió “Sí” a la pregunta de la línea 11b con respecto a alguna obligación, generalmente debe responder “Sí” a la pregunta de la línea 12. Al hacerlo, acepta extender el período de evaluación de cualquier impuesto sobre la renta o sobre la transferencia atribuible a la transferencia y cualquier cambio consecuente en el impuesto sobre la renta por cada año que la obligación esté pendiente hasta una fecha tres años después de la fecha de vencimiento de la obligación. Una vez firmado y presentado, este formulario se considerará acordado y firmado por el IRS para los fines de la sección 301.6501(c)-1(d) del Reglamento.
[Nuevo párrafo] Usted tiene derecho a negarse a extender el período de evaluación. La publicación 1035, Extensión del período de evaluación tributaria, ofrece una explicación más detallada de sus derechos y las consecuencias de las decisiones que pueda tomar.
Justificación: Crear un nuevo párrafo que describa el derecho del contribuyente a negarse a extender el período de evaluación ayuda a llamar su atención sobre este importante derecho.
Mover el pasaje sobre la ejecución presunta del formulario para que siga a la discusión sobre el acuerdo para extender el período de evaluación de la comprensión de las ayudas hace que el lenguaje fluya un poco más claro.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-029
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 8, Columna 1, Línea 13
• Para las transferencias reportadas en los estados de cuenta, debe ingresar “Estado de cuenta” en una de las líneas de la columna (b) e ingresar el monto total de las transferencias reportadas en el estado de cuenta en la línea 13, columnas (c), (d), (e), (f), (h) e (i).
Actualización a:
• Para las transferencias reportadas en los estados de cuenta adjuntos al formulario, debe ingresar “Estado de cuenta” en una de las líneas de la columna (b) e ingresar el monto total de las transferencias reportadas en el estado de cuenta en la línea 13, columnas (c), (d), (e), (f), (h) e (i).
Justificación: La recomendación deja claro que la declaración a la que se hace referencia es una declaración adjunta al formulario.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-030
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 8, Columna 1, Líneas 15-18
Líneas 15 a 18. Si marcó “No” en la línea 3, reconociendo que el fideicomiso extranjero no designó un agente estadounidense que pueda proporcionar al IRS toda la información relevante del fideicomiso, complete las líneas 15 a 18.
Actualización a:
Líneas 15 a 18. Si marcó “No” en la línea 3 y debe completar la Parte I, reconociendo que el fideicomiso extranjero no designó un agente estadounidense que pueda proporcionar al IRS toda la información relevante del fideicomiso, complete las líneas 15 a 18.
Justificación: La recomendación es ser coherente con la línea 3 del formulario 3520.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-031
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 8, Columna 2, Línea 18
Adjunte una copia de los siguientes documentos.
Actualización a:
Adjunte una copia de los siguientes documentos. Si los documentos no están disponibles o no existen, adjunte una declaración.
Justificación: La recomendación consiste en proporcionar orientación cuando el documento no existe.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-032
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 8, Columna 2
• Una copia de los estados financieros del fideicomiso, incluyendo un balance general y un estado de resultados similares a los que se muestran en el Formulario 3520-A. Estos estados financieros deben reflejar razonablemente los ingresos acumulados del fideicomiso según los principios del impuesto sobre la renta de EE. UU. Por ejemplo, los estados financieros no deben considerar las ganancias de capital como adiciones al capital del fideicomiso.
Actualización a:
• Una copia de los estados financieros del fideicomiso, incluyendo un balance general y un estado de resultados similares a los que se muestran en el Formulario 3520-A. Estos estados financieros deben reflejar razonablemente los ingresos acumulados del fideicomiso según los principios del impuesto sobre la renta de EE. UU., pero no deben considerar las ganancias de capital como adiciones al capital del fideicomiso.
Justificación:
La redacción actual tergiversa los principios tributarios estadounidenses, ya que el tratamiento fiscal predeterminado en EE. UU. es que las ganancias de capital se imputen al patrimonio del fideicomiso. Esta declaración aclara que las ganancias de capital deben tratarse como ingresos.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-033
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 9, Columna 1
Línea 22. Si la respuesta es “Sí”, la copia de la Declaración del Propietario del Fideicomiso Extranjero (páginas 3 y 4 del Formulario 3520-A) debe mostrar el monto de los ingresos del fideicomiso extranjero que le corresponden a usted para efectos del impuesto sobre la renta de los Estados Unidos. Consulte la sección IV del Aviso 97-34.
Si la respuesta es “No”, complete y adjunte, en la medida de lo posible, un Formulario 3520-A sustituto para el fideicomiso extranjero a su Formulario 3520 antes de la fecha límite de presentación de este último (y no de la fecha límite del Formulario 3520-A). De lo contrario, podría ser sancionado con una multa equivalente a la mayor de las siguientes cantidades: $10,000 o el 5% del valor bruto de la porción de los activos del fideicomiso que se considera de su propiedad. Existen sanciones adicionales por no presentar la declaración después de haber recibido una notificación del IRS. Consulte las secciones 6677(a) a (c). Consulte también la sección anterior sobre Sanciones.
Actualización a:
Línea 22. Si “el fideicomiso extranjero presentó el Formulario 3520-A para el año fiscal actual”, marque “Sí” y adjunte una copia de las páginas 3 y 4 del Formulario 3520-A.
Si el fideicomiso extranjero no ha presentado el Formulario 3520-A para el año fiscal actual, marque "No" y adjunte un Formulario 3520-A sustituto que haya completado lo mejor que haya podido.
PRECAUCIÓN: Podría ser sancionado con una multa equivalente a la mayor de las siguientes cantidades: $10,000 o el 5% del valor bruto de la porción de los activos del fideicomiso que se le considere de su propiedad, si no presenta el Formulario Sustituto 3520-A debidamente cumplimentado. Existen sanciones adicionales por incumplimiento reiterado de la obligación de presentar la declaración tras la notificación del IRS. Consulte las secciones 6677(a) a (c). Consulte también la sección anterior sobre Sanciones.
Justificación:
El texto sugerido ofrece instrucciones más claras para completar el formulario y es más fácil de leer.
La inclusión de la advertencia subraya las sanciones por incumplimiento.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-034
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 9, Columna 2
Línea 26. Véase la línea 12, anteriormente, excepto que “línea 25, columna (e)” debe reemplazar a “línea 11b”, y “línea 26” debe reemplazar a “línea 12”.
Actualización a:
Línea 26. Si respondió “Sí” en la columna (e) de la Línea 25, deberá responder “sí” a la pregunta de la Línea 26. Al hacerlo, acepta extender el período de evaluación de cualquier impuesto sobre la renta o sobre la transferencia atribuible a la transferencia y cualquier cambio consecuente en el impuesto sobre la renta por cada año que la obligación esté pendiente, hasta una fecha tres años después de la fecha de vencimiento de la obligación. Una vez firmado y presentado, este formulario se considerará acordado y firmado por el IRS para los fines de la sección 301.6501(c)-1(d) del Reglamento.
[Nuevo párrafo] Usted tiene derecho a negarse a extender el período de evaluación. La Publicación 1035, Extensión del período de evaluación tributaria, ofrece una explicación más detallada de sus derechos y las consecuencias de las decisiones que pueda tomar. Una vez firmado y presentado, este formulario se considerará aceptado y ejecutado por el IRS para los fines de la sección 301.6501(c)-1(d) del Reglamento.
Justificación:
El texto actual obliga al lector a pasar de una página a otra para reconstruir las instrucciones de la línea 26. Es mucho más claro para el lector proporcionarle instrucciones directas.
Es importante incluir información sobre las consecuencias de responder “Sí”, ya que las respuestas del contribuyente pueden extender el período de evaluación. Esta información debe presentarse en la Línea 26, al igual que la notificación de que el contribuyente tiene derecho a no extender dicho período. Los contribuyentes tienen derecho a estar informados, y brindarles esta información de manera clara les permite sopesar cuidadosamente sus opciones.
Mover el pasaje sobre la ejecución presunta del formulario para que siga a la discusión sobre el acuerdo para extender el período de evaluación de la comprensión de las ayudas hace que el lenguaje fluya un poco más claro.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-035
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones del formulario 3520, página 10, columna 1
2. Una explicación de los hechos necesarios para determinar que, a efectos fiscales estadounidenses, el fideicomiso extranjero debe considerarse propiedad de otra persona. (La explicación debe identificar la sección del Código que establece que el fideicomiso pertenece a otra persona).
Actualización a:
2. Una explicación de los hechos necesarios para determinar que, a efectos fiscales estadounidenses, el fideicomiso extranjero debe considerarse propiedad de otra persona. La explicación debe identificar la sección del Código que establece que el fideicomiso pertenece a otra persona.
Justificación:
Eliminar los paréntesis mejora la claridad, ya que se requiere una referencia a la sección del código, en lugar de una nota al margen.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-036
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones del formulario 3520, página 10, columna 1
5. Una declaración que indique que el fideicomiso permitirá al IRS o al beneficiario estadounidense inspeccionar y copiar los libros de contabilidad, registros y demás documentos necesarios para determinar que, a efectos fiscales en Estados Unidos, el fideicomiso debe considerarse propiedad de otra persona. Esta declaración no es necesaria si el fideicomiso ha designado un agente en Estados Unidos.
Actualización a:
5. Una declaración de que el fideicomiso permitirá que el IRS o el beneficiario estadounidense inspeccionen y copien los libros de contabilidad permanentes del fideicomiso, los registros y otros documentos que sean necesarios para establecer que el fideicomiso debe ser tratado a efectos fiscales estadounidenses como propiedad de otra persona.
CONSEJO: Esta declaración no es necesaria si el fideicomiso ha designado un agente en los Estados Unidos.
Justificación:
Los requisitos de información para los fideicomisos extranjeros pueden reducirse significativamente mediante la designación de un agente en Estados Unidos. La inclusión de un indicador TIP resalta uno de los beneficios disponibles para los fideicomisos que designan un agente en Estados Unidos.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-037
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones del formulario 3520, página 11, columna 2
Parte IV—Beneficiarios estadounidenses de donaciones o legados recibidos durante el presente año fiscal de personas extranjeras
Nota: Si no declara a tiempo las donaciones extranjeras que deben declararse conforme a la sección 6039F, el IRS puede determinar las consecuencias fiscales de la recepción de dichas donaciones y podría imponer sanciones. Consulte la sección sobre sanciones.
Un regalo a una persona estadounidense no incluye ninguna cantidad pagada por matrículas elegibles o pagos médicos realizados en nombre de dicha persona.
Si un fideicomiso extranjero realiza una distribución a una persona estadounidense, esta última debe declarar el monto como una distribución en la Parte III, en lugar de como una donación en la Parte IV.
Actualización a:
Parte IV—Beneficiarios estadounidenses de donaciones o legados recibidos durante el presente año fiscal de personas extranjeras
Por lo general, los ciudadanos estadounidenses que reciben donaciones o legados de personas extranjeras deben completar la Parte IV. Sin embargo, si un fideicomiso extranjero realiza una distribución a un ciudadano estadounidense, este último debe declarar el monto como una distribución en la Parte III, en lugar de como una donación en la Parte IV.
Un regalo a una persona estadounidense no incluye ninguna cantidad pagada por matrículas elegibles o pagos médicos realizados en nombre de dicha persona.
PRECAUCIÓN: Si no declara a tiempo las donaciones extranjeras que deben declararse conforme a la sección 6039F, el IRS puede determinar las consecuencias fiscales de la recepción de dichas donaciones y podría imponer sanciones. Consulte la sección sobre sanciones.
Justificación:
El texto actual comienza describiendo las sanciones por incumplimiento, en lugar de instruir al lector sobre cómo cumplir. Esto crea innecesariamente un tono negativo.
El texto sugerido identifica quién debe completar la Parte IV y los párrafos reordenados ofrecen información básica sobre los obsequios que deben declararse antes de abordar las sanciones por incumplimiento a modo de advertencia.
Acción del IRS: Parcialmente adoptado
Adoptar o estar de acuerdo parcialmente
RECOMENDACIÓN 00960-038
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520, Página 12, Columna 1, Línea 55
Responda “Sí” si recibió cantidades totales que excedieron el umbral establecido en la sección 6039F durante el año fiscal actual y que consideró como obsequios de corporaciones extranjeras o sociedades extranjeras (o de cualquier persona extranjera que usted sepa (o tenga motivos para saber) que está relacionada con dichas corporaciones extranjeras o sociedades extranjeras).
Actualización a:
Responda “Sí” si recibió cantidades totales que superan los $16,815 (cantidad umbral de la sección 6039F) durante el año fiscal actual que usted consideró como obsequios de corporaciones extranjeras o sociedades extranjeras (o de cualquier persona extranjera que usted sepa (o tenga motivos para saber) que está relacionada con dichas corporaciones extranjeras o sociedades extranjeras).
Justificación:
Aporta claridad a la respuesta.
Acción del IRS: No adoptada
No adoptar o estar en desacuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-039
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Nota de la Parte I del Formulario 3520
Nota: Complete las líneas 15 a 18 solo si respondió “No” a la línea 3, reconociendo que el fideicomiso extranjero no designó a un agente estadounidense para proporcionar al IRS toda la información relevante del fideicomiso.
Actualización a:
Complete las líneas 15 a 18 solo si respondió “No” a la línea 3, reconociendo que el fideicomiso extranjero no designó a un agente estadounidense para proporcionar al IRS toda la información relevante del fideicomiso y que debe completar la Parte I, complete las líneas 15 a 18.
Justificación:
Se recomienda ser coherente con la Línea 3.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptó un lenguaje similar
RECOMENDACIÓN 00960-040
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
3520-A Instrucciones Página 1 columna 1 Recordatorios
Añadir:
Toda la información debe estar en inglés. Muestre todos los importes en dólares estadounidenses.
Justificación:
El texto añadido reforzará la nota que aparece en la página 1 del Formulario 3520-A. Es posible que los contribuyentes no vean la nota que se encuentra en la parte superior de la página 1 del formulario.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-041
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Instrucciones para el Formulario 3520-A, Página 1, Col. 1
En la sección de recordatorios del Formulario 3520-A, agregue lo siguiente:
El formulario 3520-A debe presentarse el día 15 del tercer mes posterior al cierre del ejercicio fiscal del fideicomiso. Consulte información más detallada en la sección "Cuándo y dónde presentarlo". Sin embargo, si presenta un formulario 3520-A sustituto junto con el formulario 3520, este último debe presentarse el mismo día que el formulario 3520.
Recuerde marcar la casilla 1k e incluir el número de formulario de la declaración de impuestos que se va a presentar si se ha solicitado una prórroga para presentarla.
El formulario 3520-A no se puede presentar electrónicamente. Asegúrese de enviarlo por correo a la dirección que aparece en la sección "Cuándo y dónde presentarlo".
Justificación:
El IRS ha identificado estas adiciones como áreas donde los contribuyentes no cumplen con los requisitos para completar el Formulario 3520.
Acción del IRS: Parcialmente adoptado
Adoptar o estar de acuerdo parcialmente
RECOMENDACIÓN 00960-042
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
sitio web del IRS
Añada nuestras recomendaciones al sitio web del IRS en la sección "La tributación de las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras":
– en relación con la transferencia a fideicomisos extranjeros descritos en las Secciones 402(b), 404(a)(4) o 404A,
-Cuando un fideicomiso se trata como un fideicomiso del otorgante
Justificación:
Los ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero pueden consultar el sitio web del IRS para obtener información sobre las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras. Agregar orientación adicional al sitio web facilitará a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones relativas a dichas distribuciones.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-043
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
sitio web del IRS
Añada nuestras recomendaciones al sitio web del IRS en la sección de la Publicación 54, Guía Tributaria para Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Extranjeros en el Extranjero.
– en relación con la transferencia a fideicomisos extranjeros descritos en las Secciones 402(b), 404(a)(4) o 404A,
-Cuando un fideicomiso se trata como un fideicomiso del otorgante
Incluya también el idioma en la versión impresa de la Publicación 54.
Justificación:
Los ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero pueden consultar la Publicación 54 para obtener información sobre las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras. La incorporación de información adicional al sitio web facilitará al contribuyente el cumplimiento de las obligaciones relativas a dichas distribuciones.
Acción del IRS: No adoptada
Estoy de acuerdo, pero no puedo aceptarlo ni implementarlo en este momento.
RECOMENDACIÓN 00960-044
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
sitio web del IRS
Incluir las sanciones por no presentar los Formularios 3520 y 3520-A en el sitio web del IRS, en la Publicación 54, Guía Tributaria para Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Extranjeros en el Extranjero. Asimismo, incluir este texto en la versión impresa de la Publicación 54.
Justificación:
Los ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero pueden consultar la Publicación 54 para obtener información sobre las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras. La incorporación de directrices adicionales al sitio web facilitará al contribuyente el cumplimiento de las obligaciones relativas a dichas distribuciones. La recomendación destacará la obligación de presentar formularios adicionales si el contribuyente posee una cuenta extranjera tratada como fideicomiso y le informará sobre la sanción por incumplimiento.
Acción del IRS: No adoptada
Estoy de acuerdo, pero no puedo aceptarlo ni implementarlo en este momento.
RECOMENDACIÓN 00960-045
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
sitio web del IRS
Agregue las sanciones por no presentar los Formularios 3520 y 3520-A al sitio web del IRS en la sección "Tributación de las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras".
Justificación:
Los ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero pueden consultar el sitio web del IRS para obtener información sobre las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras. La incorporación de directrices adicionales al sitio web facilitará al contribuyente el cumplimiento de las obligaciones relativas a dichas distribuciones. La recomendación destacará la obligación de presentar formularios adicionales si el contribuyente posee una cuenta extranjera tratada como fideicomiso y le informará sobre la sanción por incumplimiento.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-046
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
sitio web del IRS
Agregue la suspensión del plazo de prescripción cuando los formularios 3520 y 3520-A no se presenten o se presenten pero estén incompletos al sitio web del IRS en la sección "La tributación de las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras".
Justificación:
Los ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero pueden consultar el sitio web del IRS para obtener información sobre las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras. La incorporación de directrices adicionales al sitio web facilitará al contribuyente el cumplimiento de dichas distribuciones. La recomendación destacará la necesidad de presentar formularios adicionales si el contribuyente posee una cuenta extranjera tratada como fideicomiso y le informará sobre la suspensión del plazo de prescripción.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo
RECOMENDACIÓN 00960-047
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
sitio web del IRS
Incluya la suspensión del plazo de prescripción cuando los formularios 3520 y 3520-A no se presenten o estén incompletos en la Publicación 54 de la Guía Tributaria del IRS para ciudadanos estadounidenses y residentes extranjeros en el extranjero. Incluya también este texto en la versión impresa de la Publicación 54.
Justificación:
Los ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero pueden consultar la Publicación 54 para obtener información sobre las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras. La incorporación de directrices adicionales al sitio web facilitará al contribuyente el cumplimiento de las obligaciones relativas a dichas distribuciones. La recomendación destacará la necesidad de presentar formularios adicionales si el contribuyente posee una cuenta extranjera tratada como fideicomiso y le informará sobre la suspensión del plazo de prescripción.
Acción del IRS: No adoptada
Estoy de acuerdo, pero no puedo aceptarlo ni implementarlo en este momento.
RECOMENDACIÓN 00960-048
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
sitio web del IRS
Incluya los requisitos para presentar los Formularios 3520 y 3520-A en el sitio web del IRS, en la Publicación 54, Guía Tributaria para Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Extranjeros en el Extranjero. Asimismo, agregue el texto a la versión impresa de la Publicación 54.
Justificación:
Los ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero pueden consultar la Publicación 54 para obtener información sobre las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras. La incorporación de directrices adicionales al sitio web facilitará al contribuyente el cumplimiento de las obligaciones relativas a dichas distribuciones. La recomendación destacará la necesidad de presentar formularios adicionales si el contribuyente posee una cuenta extranjera tratada como fideicomiso.
Acción del IRS: No adoptada
Estoy de acuerdo, pero no puedo aceptarlo ni implementarlo en este momento.
RECOMENDACIÓN 00960-049
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
sitio web del IRS
Agregue los requisitos de presentación de los Formularios 3520 y 3520-A al sitio web del IRS en la sección "Tributación de las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras".
Justificación:
Los ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero pueden consultar el sitio web del IRS para obtener información sobre las distribuciones de pensiones y anualidades extranjeras. La incorporación de directrices adicionales al sitio web facilitará al contribuyente el cumplimiento de las obligaciones relativas a dichas distribuciones. La recomendación destacará la necesidad de presentar formularios adicionales si el contribuyente posee una cuenta extranjera tratada como fideicomiso.
Acción del IRS: Adoptado
Adoptar o estar de acuerdo