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Proyect 00996

Sitio de Asistencia Voluntaria para la Declaración de Impuestos (VITA)

Declaración del proyecto:

El sitio web del IRS promociona los sitios VITA/TCE como una plataforma gratuita de ayuda tributaria para quienes necesitan ayuda para preparar sus declaraciones, incluyendo contribuyentes de bajos ingresos, personas con discapacidad y personas mayores. Se considera bajos ingresos el límite máximo de ingresos para el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC) del año fiscal. El texto actual del sitio web no aclara si los límites de ingresos se aplican a personas con discapacidad o personas mayores.

Algunos contribuyentes mayores o con discapacidad han sido rechazados por no cumplir con el límite de ingresos. Esta ambigüedad confunde tanto a los contribuyentes como a los proveedores de VITA/TCE.

Declaración de la meta:

El objetivo de los servicios que ofrece VITA/TCE es atender a los contribuyentes de bajos ingresos. El lenguaje que define las funciones y responsabilidades debe ser coherente con dicho objetivo y articular las medidas de seguridad cuando existan multas o sanciones por servicios discrecionales ofrecidos a contribuyentes que superan el límite de ingresos especificado. Esta referencia proporciona el lenguaje necesario para atender a los contribuyentes y a quienes atienden a nuestras comunidades de contribuyentes de bajos recursos.

Comité de Mejoras al TAC

Abierto: 2024


Estatus Elevado

RECOMENDACIÓN 00996-001

TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:

Los programas VITA deben servir principalmente a contribuyentes de ingresos bajos a moderados. Un umbral recomendado es que al menos el 90 por ciento de las personas atendidas no deben exceder los límites máximos de ingresos para la elegibilidad del Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC) para el año fiscal. A su discreción, los proveedores VITA pueden brindar asistencia para la preparación de impuestos a algunos contribuyentes con ingresos más que este límite anual de Ingreso Bruto Ajustado (AGI) si la declaración está dentro del alcance del programa VITA. Esta flexibilidad para exceder el umbral del 90% no debe poner en peligro su estatus como proveedor VITA ni penalizar una solicitud de financiamiento de Subvención del IRS. El texto en la Publicación 4671 que dice "Al menos el 90% del número total de declaraciones preparadas no debe exceder los límites máximos de ingresos para la elegibilidad del EITC" debe modificarse para eliminar "debe" y reemplazarlo con "Se recomienda que al menos el 90% de las declaraciones preparadas deberían..." Algunos contribuyentes discapacitados o ancianos pueden merecer asistencia incluso si sus ingresos pueden exceder el límite de ingresos bajos. El centro VITA tendría la facultad de ayudar a estos contribuyentes incluso si el 90 % de sus declaraciones no cumplen con el límite de bajos ingresos, siempre y cuando la declaración se encuentre dentro del alcance general del programa VITA. Por ejemplo, podría resultar una dificultad excesiva para las personas con discapacidades o con dominio limitado del inglés acudir a un preparador de impuestos remunerado, o podría haber situaciones en las que un ingreso extraordinario único eleve el ingreso bruto ajustado por encima del límite para un contribuyente que, de otro modo, calificaría para los servicios de VITA.

Acción del IRS: Recomendado

RECOMENDACIÓN 00996-002

TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:

El lenguaje que describe los servicios VITA en muchas publicaciones y sitios web del IRS dice: “Los sitios VITA ofrecen ayuda tributaria gratuita a las personas que necesitan asistencia para preparar sus propias declaraciones de impuestos, incluyendo:
• Personas que generalmente ganan 64,000 dólares (ajustados a la inflación) o menos;
• Personas con discapacidad; y
• Contribuyentes con dominio limitado del inglés. Agregar la frase: «Si bien el IRS administra el programa VITA y pretende que este programa atienda a contribuyentes de bajos ingresos, los centros VITA son operados por socios del IRS que tienen discreción limitada para exceder esos límites de bajos ingresos para contribuyentes que, de otro modo, cumplen con los requisitos de declaración de VITA» aclarará tanto para el proveedor como para el contribuyente quién puede ser atendido en un centro VITA. El texto actual implica que un contribuyente califica para los servicios VITA si es discapacitado o contribuyente de inglés como segundo idioma (ESL), independientemente del límite de bajos ingresos. Esta adición de texto refuerza la idea de que VITA está dirigido principalmente a contribuyentes de bajos ingresos, pero se pueden hacer excepciones dentro de ciertos límites.

Acción del IRS: Recomendado