RECOMENDACIÓN 01023-001
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Mejorar los sitios VITA, TCE y LITC con servicios virtuales para contribuyentes internacionales. Esto incluye, entre otras cosas: 1) Un correo electrónico dedicado en IRS Newswire para nuevos solicitantes, ofreciendo servicios internacionales y virtuales para VITA, TCE y LITC antes y durante el período anual de solicitud abierta. 2) Solicitar al Departamento de Estado que comparta estos avisos a través de sus listas de correo, incluyendo la lista de correo STEP. 3) Actualizar el sitio web de TAS para alentar a los beneficiarios de los servicios virtuales internacionales de VITA, TCE y LITC. Actualmente, no hay sitios VITA, TCE ni LITC fuera de Estados Unidos que brinden asistencia presencial a contribuyentes internacionales calificados. Ofrecer servicios virtualmente es una alternativa rentable. Al mejorar los sitios existentes con servicios virtuales para contribuyentes internacionales, se abordará la necesidad de brindar asistencia a contribuyentes internacionales en múltiples zonas horarias. Esto es para mejorar la RECOMENDACIÓN TAS #10-1 Desarrollar una estrategia integral de servicio al cliente tanto para ciudadanos estadounidenses como para extranjeros residentes en el extranjero y personas extranjeras con obligaciones tributarias en los EE. UU. y la RECOMENDACIÓN TAS #10-2 Explorar formas de asociarse con el Departamento de Estado de los EE. UU. para que la información tributaria esté disponible a través de las plataformas del Departamento de Estado y para brindar servicio al cliente tributario en las embajadas y consulados de los EE. UU. del Informe del Defensor del Contribuyente de 2022 al Congreso, los cuales ya han sido adoptados por el IRS y están en curso. Esto formaría parte del compromiso del IRS de ajustar las políticas y expandir los servicios para los contribuyentes internacionales a través de los canales de servicio al cliente actuales y nuevos. Respuesta No adoptar Fecha de implementación. N/A Explicación de la respuesta. SPEC no ofrece a los contribuyentes internacionales servicios presenciales o virtuales y los asuntos tributarios internacionales estarían fuera del alcance de los servicios VITA/TCE. No tenemos la experiencia especializada para el crédito fiscal extranjero y las leyes de tratados internacionales.
Acción del IRS: Recomendado
SPEC no ofrece servicios presenciales ni virtuales a contribuyentes internacionales, y los asuntos fiscales internacionales quedan fuera del alcance de los servicios VITA/TCE. No contamos con experiencia especializada en créditos fiscales extranjeros ni en la legislación sobre tratados internacionales.
RECOMENDACIÓN 01023-002
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
SPEC proporcionará una lista activa y permanente de los programas VITA, TCE y LITC que ofrecen servicio internacional en las ubicaciones del sitio web para garantizar la visibilidad para todos los contribuyentes afectados. Para LITC, la lista se publica en este sitio web: https://www.taxpayeradvocate.irs.gov/about-us/low-income-taxpayer-clinics-litc/ Y la sección llamada "¿Cómo puedo encontrar una clínica?" Con la lista publicada en PDF y también disponible en un buscador de LITC. Vea la lista aquí: https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p4134.pdf En el documento PDF hay 5 columnas con información para cada LITC: Estado, Ciudad, Nombre de la clínica pública, Número de teléfono, Idiomas y Atendido además del inglés. Se debe agregar una columna adicional al PDF para indicar 1) si el sitio proporciona servicios virtuales y 2) si el sitio proporciona servicios para contribuyentes internacionales (los servicios virtuales y los servicios para contribuyentes internacionales no son necesariamente mutuamente excluyentes, por lo tanto, estos deben indicarse por separado). La información sobre servicios virtuales e internacionales también debería estar disponible en el buscador de LITC del sitio web. Esta recomendación proporcionará una lista precisa de los servicios y garantizará la satisfacción del cliente. Muchos programas de LITC ya ofrecen servicios virtuales, pero la lista de LITC en el sitio web de TAS no especifica cuáles lo hacen. Esta recomendación ayudará a aclarar esta situación. También proporcionará una lista precisa de los servicios y garantizará la satisfacción del cliente.
Acción del IRS: No adoptada
SPEC no ofrece servicios VITA/TCE a contribuyentes internacionales fuera de los EE. UU.; por lo tanto, no disponemos de una lista de centros que ofrezcan servicios internacionales. SPEC no tiene constancia de que un número significativo de contribuyentes internacionales reúna los requisitos para acceder a los servicios VITA/TCE, ya sea por motivos de ingresos o de alcance fiscal.
RECOMENDACIÓN 01023-003
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Ampliar los servicios virtuales internacionales de VITA, TCE y LITC dentro de los Estados Unidos. Esto incluye, entre otros: 1) Un correo electrónico dedicado en IRS Newswire para los nuevos solicitantes para ofrecer servicios internacionales y virtuales para VITA, TCE y LITC antes y durante el período anual de solicitud abierta. 2) Solicitar al Departamento de Estado que comparta estos avisos a través de sus listas de correo, incluida la lista de correo STEP. 3) Actualizar el sitio web de TAS para alentar a los beneficiarios de los servicios virtuales internacionales de VITA, TCE y LITC. Esto es para mejorar la RECOMENDACIÓN TAS #10-1 Desarrollar una estrategia integral de servicio al cliente tanto para ciudadanos estadounidenses como para extranjeros residentes en el extranjero y personas extranjeras con obligaciones tributarias en los Estados Unidos y la RECOMENDACIÓN TAS #10-2 Explorar formas de asociarse con el Departamento de Estado de los EE. UU. para que la información tributaria esté disponible a través de las plataformas del Departamento de Estado y para brindar servicio al cliente tributario en las embajadas y consulados de los EE. UU. del Informe del Defensor del Contribuyente de 2022 al Congreso, ambos ya adoptados por el IRS y están en curso. Esto formaría parte del compromiso del IRS de ajustar las políticas y ampliar los servicios para los contribuyentes internacionales a través de los canales de atención al cliente actuales y nuevos.
Acción del IRS: No adoptada
Respuesta: No se adoptó. Fecha de implementación: N/A. Explicación de la respuesta: Brindamos servicios a quienes deben presentar el formulario 1040-NR. Esto se limita principalmente a contribuyentes que son estudiantes extranjeros en universidades locales de EE. UU.
RECOMENDACIÓN 01023-004
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Proporcionar una lista activa y actualizada de los programas TCE que ofrecen servicio internacional en las ubicaciones del sitio web para garantizar la visibilidad para todos los contribuyentes afectados. Crear una campaña para encontrar socios VITA, TCE y LITC que puedan ofrecer servicios presenciales en ubicaciones internacionales, especialmente en lugares con altas concentraciones de contribuyentes internacionales como Toronto, CANADÁ, Londres, REINO UNIDO y Tokio, JAPÓN. Esto incluye, entre otros: 1) Un correo electrónico dedicado en IRS Newswire solicitando solicitantes para sitios internacionales para VITA, TCE y LITC antes y durante el período anual de solicitud abierta. 2) Solicitar al Departamento de Estado que comparta estos avisos a través de sus listas de correo, incluida la lista de correo STEP. 3) Actualizar el sitio web de TAS para alentar a los beneficiarios. Por ejemplo, vea las capturas de pantalla a continuación del sitio web de TAS que alientan las solicitudes de LITC para Hawái, pero no para internacionales. Actualice según corresponda.
Acción del IRS: No adoptada
SPEC solo realiza la declaración 1040 NR para estudiantes en el país y su alcance es limitado. SPEC no ofrece servicios VITA/TCE a contribuyentes internacionales fuera de los EE. UU.; por lo tanto, no disponemos de una lista de centros activos que ofrezcan servicios internacionales. SPEC no tiene indicios de que un número significativo de contribuyentes internacionales reúna los requisitos para los servicios VITA/TCE, ya sea por motivos de ingresos o de alcance.
RECOMENDACIÓN 01023-005
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Asegúrese de que se proporcione una lista actualizada de los programas LITC que brindan servicios virtuales y servicios para contribuyentes internacionales en el sitio web de TAS. Justificación: Muchos programas LITC brindan servicios virtuales, pero no está claro en la lista de LITC en el sitio web de TAS cuáles lo hacen. La lista se publica en este sitio web: https://www.taxpayeradvocate.irs.gov/about-us/low-income-taxpayer-clinics-litc/ Y la sección llamada "¿Cómo puedo encontrar una clínica?" Con la lista publicada en PDF y también disponible en un buscador de LITC. Vea la lista aquí: https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p4134.pdf En el documento PDF hay 5 columnas con información para cada LITC: Estado, Ciudad, Nombre de la clínica pública, Número de teléfono, Idiomas y Atendido además del inglés. Se debe agregar una columna adicional al PDF para indicar 1) si el sitio ofrece servicios virtuales y 2) si ofrece servicios para contribuyentes internacionales (los servicios virtuales y los servicios para contribuyentes internacionales no son necesariamente excluyentes, por lo que deben indicarse por separado). Esta información también debe estar disponible en el buscador de LITC del sitio web. Esta información beneficiará tanto a los contribuyentes internacionales como a quienes viajan con frecuencia o trabajan a distancia y se beneficiarían de los servicios virtuales. Esta recomendación proporcionará una lista precisa de los servicios y garantizará la satisfacción del cliente.
Acción del IRS: No adoptada
Los programas LITC no son gestionados por SPEC, sino por la Oficina del Defensor del Contribuyente.
RECOMENDACIÓN 01023-006
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Dialogar con el Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre la posibilidad de ofrecer espacio de oficinas en Embajadas y Consulados para que las sedes de VITA, TCE y LITC puedan ofrecer servicios presenciales a los contribuyentes internacionales.
Acción del IRS: No adoptada
SPEC no tiene personal en ningún país extranjero. Se necesita más información al respecto.
REFUTACIÓN DE TAP:
Aprovechamiento de las embajadas y consulados de EE. UU. para servicios del IRS en el extranjero
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede mejorar el cumplimiento tributario y la atención al contribuyente entre los estadounidenses en el extranjero aprovechando la infraestructura existente en las embajadas y consulados de EE. UU. Otras agencias federales ya utilizan estas oficinas para prestar servicios en el extranjero de forma rentable, lo que proporciona un modelo claro y probado para ampliar el alcance del IRS de manera escalable, segura y eficiente.