RECOMENDACIÓN 01123-001
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Establecer un puerto seguro para las familias que residen fuera de los EE. UU. y que recibieron incorrectamente el Crédito Tributario Anticipado por Hijos de 2021, y aclarar cómo solicitarlo mediante la publicación de información en el sitio web del IRS. Crear un puerto seguro para las familias que residían fuera de los EE. UU. en 2021 y que recibieron incorrectamente el Crédito Tributario Anticipado por Hijos ayudará a las familias que no pueden devolver los fondos. Agregar una guía clara en el sitio web ayudará tanto a los contribuyentes como a los profesionales tributarios a comprender los criterios de elegibilidad y cómo reclamarlo. Esto también creará una referencia a la que cualquiera podrá recurrir en el futuro. Explicación de la respuesta: El puerto seguro que limita los reembolsos del crédito tributario anticipado por hijos de 2021 fue creado por el Plan de Rescate Estadounidense. Proporciona protección de reembolso de hasta $2,000 por hijo utilizado para calcular los pagos anticipados pero no reclamado en la declaración de impuestos. Las directrices vigentes, como las que figuran en el Tema C de las Preguntas y Respuestas en https://www.irs.gov/pub/taxpros/fs-2022-06.pdf, se aplican por igual a todos los contribuyentes, incluidas las familias que residían fuera de Estados Unidos en 2021. La ley no contempla ninguna excepción adicional. No se puede crear ninguna por vía administrativa.
Acción del IRS: No adoptada
La excepción que limita los reembolsos del crédito tributario anticipado por hijos de 2021 fue creada por el Plan de Rescate Estadounidense. Ofrece protección contra reembolsos de hasta $2,000 por hijo utilizado para calcular los pagos anticipados, pero no reclamado en la declaración de impuestos. La guía vigente, como la del Tema C de las Preguntas y Respuestas en https://www.irs.gov/pub/taxpros/fs-2022-06.pdf, se aplica por igual a todos los contribuyentes, incluidas las familias que residían fuera de los Estados Unidos en 2021. La ley no permite excepciones adicionales. No se pueden crear excepciones administrativas.
RECOMENDACIÓN 01123-002
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
El IRS publicará avisos informativos para anunciar la elegibilidad para el puerto seguro y cómo reclamarlo para los contribuyentes internacionales para el crédito tributario anticipado por hijos de 2021. Notificar a la lista de correo del IRS ayudará a crear conciencia sobre este problema y su solución. Explicación de la respuesta: Para reiterar la respuesta a la recomendación n.° 1, las disposiciones de puerto seguro de protección de reembolso bajo el Plan de Rescate Estadounidense son igualmente aplicables a todos los contribuyentes, independientemente de su estatus de residencia, y se describen en el Tema C de las Preguntas y Respuestas en https://www.irs.gov/pub/taxpros/fs-2022-06.pdf. Dado que las limitaciones del puerto seguro están claramente definidas en la guía actual y no se pueden establecer disposiciones adicionales de puerto seguro administrativamente, el IRS no emitirá un aviso informativo separado dirigido a los contribuyentes internacionales. Se recomienda a los contribuyentes afectados que revisen las Preguntas y Respuestas existentes para obtener instrucciones sobre cómo determinar y reclamar las protecciones de reembolso de puerto seguro aplicables.
Acción del IRS: No adoptada
Para reiterar la respuesta a la recomendación n.° 1, las disposiciones de puerto seguro de protección de reembolso del Plan de Rescate Estadounidense son igualmente aplicables a todos los contribuyentes, independientemente de su estatus de residencia, y se describen en el Tema C de las Preguntas y Respuestas en https://www.irs.gov/pub/taxpros/fs-2022-06.pdf. Dado que las limitaciones del puerto seguro están claramente definidas en la guía actual y no se pueden establecer disposiciones adicionales de puerto seguro administrativamente, el IRS no emitirá un aviso de prensa separado dirigido a los contribuyentes internacionales. Se recomienda a los contribuyentes afectados que revisen las Preguntas y Respuestas existentes para obtener instrucciones sobre cómo determinar y solicitar las protecciones de reembolso de puerto seguro aplicables.
RECOMENDACIÓN 01123-003
TEXTO DE LA RECOMENDACIÓN:
Envíe un aviso a los contribuyentes que sean elegibles para el puerto seguro y explíqueles cómo solicitarlo. El IRS sabrá quiénes no eran elegibles y quiénes han recibido una solicitud de reembolso o tienen una deuda con el IRS. El IRS puede enviar un aviso a esos contribuyentes para informarles que el puerto seguro está disponible para ellos si lo solicitan. Para reiterar la respuesta a la recomendación n.° 2, las disposiciones del puerto seguro de protección de reembolso bajo el Plan de Rescate Estadounidense son igualmente aplicables a todos los contribuyentes, independientemente de su estatus de residencia, y se describen en el Tema C de las Preguntas y Respuestas en https://www.irs.gov/pub/taxpros/fs-2022-06.pdf. Además, la Carta 6419 se emitió a los contribuyentes que recibieron pagos anticipados del Crédito Tributario por Hijos y tiene una sección dedicada a las disposiciones de protección de reembolso. Dado que las disposiciones del puerto seguro están definidas por ley y se aplican uniformemente a todos los contribuyentes, y ya se han emitido avisos a los contribuyentes, el IRS no emitirá avisos adicionales específicos para cada contribuyente con respecto a la elegibilidad o las instrucciones de solicitud.
Acción del IRS: No adoptada
Para reiterar la respuesta a la recomendación n.° 2, las disposiciones de puerto seguro de protección de reembolso del Plan de Rescate Estadounidense son igualmente aplicables a todos los contribuyentes, independientemente de su estatus de residencia, y se describen en el Tema C de las Preguntas y Respuestas en https://www.irs.gov/pub/taxpros/fs-2022-06.pdf. Además, se emitió la Carta 6419 a los contribuyentes que recibieron pagos anticipados del Crédito Tributario por Hijos, la cual incluye una sección dedicada a las disposiciones de protección de reembolso. Dado que las disposiciones de puerto seguro están definidas por ley y se aplican uniformemente a todos los contribuyentes, y que ya se han emitido notificaciones a los contribuyentes, el IRS no emitirá notificaciones adicionales específicas para cada contribuyente con respecto a la elegibilidad o las instrucciones de solicitud.