RECOMENDACIÓN DE TOQUE
Identificación 1729 Pub 531, página 6, Trabajadores por cuenta propia
Vigente: Trabajadores por cuenta propia. Si recibe propinas como trabajador por cuenta propia, debe informar estas propinas como ingresos en el Anexo C. Consulte la Pub. 334, Guía fiscal para pequeñas empresas, para obtener más información sobre la declaración de ingresos comerciales.
Sugerida: Trabajadores por cuenta propia. Si recibe propinas como trabajador por cuenta propia, debe informar estas propinas como ingresos en el Anexo C o el Anexo C-EZ. Ver Pub. 334, Guía fiscal para pequeñas empresas, para obtener más información sobre la declaración de ingresos comerciales.
Justificación: Las personas que trabajan por cuenta propia deben informar las propinas en un Anexo C o C-EZ. Omitir la referencia a un Anexo C-EZ puede confundir al contribuyente haciéndole creer que, a menos que use un Anexo C, no es necesario informar las propinas. Pub. 334 proporciona pautas tanto para el Anexo C como para el C-EZ, por lo que para brindar consistencia, es importante incluir la referencia al Anexo C-EZ. Para garantizar el derecho del contribuyente a pagar el impuesto correcto, es importante que tenga un área clara para reportar todos los ingresos recibidos a lo largo del año.
Identificación 1729
El IRS rechaza esta sugerencia porque el Anexo C-EZ se convirtió en histórico (obsoleto) a partir del año fiscal 2019/año de procesamiento 2020. Por lo tanto, referirse a él en otros productos sería incorrecto.